Texto oficial
Artículo 161°.- Se entenderá ejecutoriada la
resolución que aplica una multa o falla el recurso de
reconsideración, transcurrido el plazo de 10 días desde la
notificación respectiva.
Aprueba nuevo reglamento de extranjeria
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14516 / 8264322.