Texto oficial
Artículo 24.- El Consejo General estará integrado por
el Fiscal Nacional, quien lo presidirá, por los fiscales
regionales y el Fiscal Jefe de la Fiscalía
Supraterritorial.
Establece la ley orgánica constitucional del ministerio publico
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 145437 / 8642805.