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Artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Publico

Establece la ley orgánica constitucional del ministerio publico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 145437 / 8642805.

Texto oficial

Artículo 24.- El Consejo General estará integrado por el Fiscal Nacional, quien lo presidirá, por los fiscales regionales y el Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial.