Texto oficial
Artículo 2.o El domicilio legal de la Caja será la
ciudad de Valparaíso, pudiendo tener sucursales en otras
ciudades de la República, en donde determine el Consejo.
El Juez de Letras de Mayor Cuantía de Valparaíso será
competente para conocer de los litigios en que la
institución tenga interés, debiendo, en todo caso,
notificarse la demanda al representante legal de la Caja o
mandatario debidamente constituído.