Saltar al contenido

Artículo 139 del Decreto 615

Aprueba el reglamento para el servicio de seguro social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14648 / 7151614.

Texto oficial

Artículo 139° En los casos en que el Servicio comprobare que se han pagado imposiciones en exceso, el excedente no se tomará en cuenta para calcular los beneficios y se devolverá a los interesados cuando proceda.