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Artículo 8 transitorio del Decreto 615

Aprueba el reglamento para el servicio de seguro social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14648 / 7151677.

Texto oficial

Artículo 8° Los asegurados de la ley 4.054 gozarán de los beneficios de la ley 10.383 en los términos establecidos por esta última. Las imposiciones efectuadas de acuerdo con la ley 4.054 se computarán para determinar los beneficios de la ley 10.383.