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Artículo 20 transitorio del Decreto 615

Aprueba el reglamento para el servicio de seguro social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14648 / 7151689.

Texto oficial

Artículo 20° Desde el 7 de diciembre de 1952 y hasta el 31 de diciembre de 1953, las tasas de imposiciones a que se refiere el artículo 125° del presente Reglamento, serán de 3% para los obreros y de 7% para los patrones. El 1° de enero de 1954 dichas tasas aumentarán al 4% para los obreros y al 9% para los patrones, y a partir del 1° de enero de 1955 serán las fijadas en el citado artículo 125°.