Texto oficial
Artículo 22.- Las promociones en los cargos de carrera
de la Planta de Directivos y de los tres grados superiores
de las restantes plantas de la Dirección de Presupuestos,
se efectuarán por concursos de oposición interno a los que
podrán postular los funcionarios de planta y los empleados
a contrata que se hayan desempeñado en este Servicio por un
lapso no inferior a cuatro años, que cumplan con los
requisitos correspondientes y se encuentren calificados en
Lista 1, de Distinción o en Lista 2, Buena, rigiéndose en
lo demás por las disposiciones del artículo 10 de la ley
Nº 19.479, excepto por aquellas contenidas en el numeral 4
y en el inciso segundo del numeral 6 de dicha disposición.
Un reglamento, expedido a través del Ministerio de
Hacienda, establecerá las normas que regularán estos
concursos, en los que deberá tenerse en consideración las
exigencias técnicas, de competencia, idoneidad y
pertinencia necesarias para el desempeño de los cargos a
los que se concursa.