Texto oficial
Artículo 7º.- Los requisitos establecidos en la letra
b) del artículo 18 para los cargos directivos de Jefes de
Sección grado 7º E.U.S., no serán exigibles a los
funcionarios que actualmente ocupan dichos cargos.
Concede beneficios económicos al personal del servicio;de impuestos internos, del consejo de defensa del;estado, de la dirección de presupuestos y de las fuerzas;armadas, y dispone otras normas sobre racionalización;del sector hacienda
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 147663 / 8492987.