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Artículo 12 del Decreto Ley 656

Decreto Ley 656

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 147723 / 9002617.

Texto oficial

Art. 12. Por razones de hijienizacion, las autoridades administrativas de los centros urbanos deberán establecer plantaciones lineales y bosques dentro o colindantes con dichos centros.