Texto oficial
Artículo 7º.- Autorízase la exportación de toda clase de productos forestales, provenientes de la explotación de pino insigne, en cualquiera de sus estados.
Aprueba reglamento para la conservacion y comercializacion del pino insigne
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148200 / 6207332.