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Artículo 11 de la Ley 19.644 · Crea un fondo para la modernizacion de las relaciones laborales y desarrollo sindical

Crea un fondo para la modernizacion de las relaciones laborales y desarrollo sindical

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148388 / 8353888.

Texto oficial

Artículo 11.- El Consejo publicará los resultados de cada llamado e informará de ellos por carta certificada a todas las entidades postulantes. La carta que se envíe al postulante que no hubiere sido seleccionado, deberá indicar las razones de tal decisión.