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Artículo 8 del Decreto 655

Aprueba el reglamento sobre higiene y seguridad industriales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14900 / 9028970.

Texto oficial

Artículo 8.o La Dirección General del Trabajo solicitará de la Dirección Sanitaria Municipal correspondiente, si procediere, la cooperación necesaria, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 26 del Código Sanitario.