Texto oficial
De la temperatura {ART. 36}
Artículo 36. Los departamentos de trabajo, deberán
reunir las condiciones necesarias para evitar la elevación
exagerada de la temperatura y para mantener, por un sistema
adecuado, la temperatura ambiente, según el puerto o
región donde se encuentre ubicada la industria o nave.
En trabajos de reparación o limpia de calderas, antes
de iniciarse éstos, la temperatura deberá ser regulada, ya
sea por medios naturales o artificiales, de tal manera que
los operarios queden protegidos contra la radiación
excesiva del calor. En estos trabajos no se admitirán
menores de 18 años.
Antes de efectuar los trabajos de limpia de los
estanques de agua o petróleo de los doble fondos, éstos
deberán ser desecados y aireados, los últimos.
Para efectuar esta clase de trabajos, deberá dotarse al
personal de lámparas especiales que no sean de llama
abierta.