Texto oficial
De las protecciones a maquinarias e instalaciones
Artículo 41. Las máquinas o motores instalados en
departamentos destinados al trabajo estarán aislados y
protegidos por pasamanos u otros dispositivos de seguridad.
Los engranajes, ejes, poleas, cadenas, cables, correas y
otros elementos en movimiento, lo mismo que las partes
salientes de las chavetas o tornillos y otras piezas
análogas, cuando puedan comprometer la seguridad de los
trabajadores, tendrán cajas o portacorreas, envueltas o
aisladas, de manera que no puedan causar accidentes.
Los ejes de transmisión horizontales, las poleas,
cadenas, cables y correas, instalados a corta distancia de
la cubierta y por debajo, o por encima de las cuales tiene
que transitar el personal, deben estar rodeados de rejillas,
barandas u otros aparatos por el lado en que se efectúa el
tránsito.
La reparación de los cables, cadenas, correas de
conexión de máquinas, aparatos de transmisión o
elevación, winches, cabrestantes, plumas, grúas, se hará
después de haberlos aislado de todo órgano mecánico en
movimiento.
Los tubos de escape de los motores de combustión
tendrán la altura suficiente y llevarán los dispositivos
necesarios para que los productos de la combustión no
causen accidentes o perjuicios (cañerías guarda calor,
etc.)
Los pasos o pasillos entre las partes movibles de las
máquinas medirán un espacio libre de 0.50 m., como
mínimo.
Los esmeriles circulares estarán protegidos por
armazones o bonetes y provistos de aspiradores de polvo.