Texto oficial
De los elementos mecánicos para las faenas de carga
y descarga {ARTS. 48-51}
Artículo 48. Las grúas, plumas, cabrestantes, winches,
etc., y sus accesorios, deberán ser examinados por la
autoridad competente, al iniciarse cada faena.
Las grúas deberán tener marcado en lugar visible el
peso máximo de carga admisible y la capacidad máxima de
peso, según la inclinación de la pluma.