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Artículo 48 del Decreto 655

Aprueba el reglamento sobre higiene y seguridad industriales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14900 / 9029009.

Texto oficial

De los elementos mecánicos para las faenas de carga y descarga {ARTS. 48-51} Artículo 48. Las grúas, plumas, cabrestantes, winches, etc., y sus accesorios, deberán ser examinados por la autoridad competente, al iniciarse cada faena. Las grúas deberán tener marcado en lugar visible el peso máximo de carga admisible y la capacidad máxima de peso, según la inclinación de la pluma.