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Artículo 51 del Decreto 655

Aprueba el reglamento sobre higiene y seguridad industriales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14900 / 9029012.

Texto oficial

Artículo 51. Los amantillos, cables, cadenas, anillos, ganchos, grilletes, etc., utilizados para la elevación o descenso de materiales, deberán ser probados y llevarán, en cifras y letras claras, la indicación de la carga útil admisible.