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Artículo 6 de la Ley 4.457

Ley 4.457

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 149027 / 6210892.

Texto oficial

Art. 6.o Esta comisión reducirá a escritura pública las actas de entrega de los terrenos asignados a cada familia y dicha escritura servirá de suficiente título para todos los efectos legales y, en especial, para hacer la pertinente inscripción en el Registro del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.