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Artículo 10 de la Ley 4.417

Ley 4.417

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 149282 / 6211734.

Texto oficial

Art. 10. La venta se hará ad-corpus, en el estado en que se encuentren los terrenos, y éstos se entregarán en conformidad a las especificaciones y planos hechos por la comisión indicada en el artículo 2.o