Texto oficial
Art. 2.o Se condonan las contribuciones fiscales y municipales a los predios de un avalúo inferior a cinco mil pesos, y que se adeudaren a la fecha de la promulgación de la presente ley.
Ley 4.440
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 149284 / 7257494.