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Artículo 13 del Decreto 746

Aprueba reglamento orgánico de las secretarias regionales de planificacion y coordinacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 15386 / 8265686.

Texto oficial

Artículo 13°.- Un funcionario con el título de abogado tendrá a su cargo las siguientes funciuones: 1.- Velar por el cumplimiento de las normas legales o reglamentarias que rigen la Secretaría, visar sus resoluciones, representando aquellas que no se ajusten a la legislación vigente. 2.- Emitir los informes y dictámenes jurídicos que le sean solicitados por el Secretario Regional. 3.- Efectuar los estudios jurídicos legales e institucionales, relacionados con la planificación y administración del desarrollo regional. 4.- En general, toda otra función o atribución que el Secretario Regional le delegue o encomiende.