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Artículo 2 del Decreto 812

Complementa procedimiento de compensacion de emisiones para fuentes estacionarias puntuales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 15742 / 7153334.

Texto oficial

Artículo 2°: Para los efectos de este decreto se aplicarán las definiciones contenidas en el artículo 2° del decreto supremo N° 4 y del decreto supremo N° 1.583, ambos de 1992, del Ministerio de Salud. Además, las siguientes expresiones deberán entenderse en los términos que a continuación se indican: - Declaración de Emisiones: Documento escrito extendido por el titular de una fuente estacionaria o por su apoderado, en donde constan los antecedentes técnicos de la fuente y que tiene por objeto caracterizar el proceso emisor y determinar el nivel de emisiones de material particulado. - Emisión Compensada (EC): Es la cantidad de emisión diaria de material particulado, en que la fuente del compensatario aumenta su emisión diaria permitida (EDP) y corresponde a la misma cantidad en que la fuente del compensante la disminuye. - Emisión Diaria Declarada (EDD): Es aquella emisión total diaria de material particulado de una fuente estacionaria puntual que consta en la declaración de emisiones. - Emisión Diaria Inicial (EDI): Es aquella emisión máxima diaria de material particulado de una fuente estacionaria puntual calculada por el Servicio sin considerar la compensación, correspondiendo a la Emisión Diaria determinada de conformidad a lo establecido en el artículo 6° del decreto supremo N° 4, de 1992, del Ministerio de Salud. - Emisión Diaria Permitida (EDP): Es la emisión máxima diaria de material particulado de una fuente estacionaria puntual, considerando la o las eventuales compensaciones realizadas de conformidad con el presente decreto. - Procedimiento de Compensación de Emisiones: Conjunto de actuaciones que deben realizar los titulares de fuentes estacionarias puntuales a efectos de compensar las emisiones de material particulado procedentes de ellas.