Texto oficial
Artículo 9º.- Cada entidad empleadora deberá
consignar la nómina de sus trabajadores en sus planillas
mensuales de declaración y pago de cotizaciones.
Si la entidad empleadora no declarase sus cotizaciones
en uno o más meses del Período Anual, el Promedio Anual de
Trabajadores se obtendrá dividiendo por doce el número
total de Trabajadores declarados en los restantes meses del
Período.