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Artículo 5 del Decreto 944

Aprueba reglamento de la ley 19.620 que dicta normas sobre adopcion de menores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 161518 / 7265497.

Texto oficial

Artículo 5º: Asimismo, el Servicio Nacional de Menores deberá llevar un registro de menores que pueden ser adoptados, el que se formará sobre la base de las sentencias que declaren la susceptibilidad para la adopción de los mismos, de acuerdo con los procedimientos contemplados en los artículos 9 y 13 y siguientes de la ley Nº 19.620, según lo previsto en los incisos finales de los artículos 9 y 17 de dicho cuerpo legal. 1) ELIMINADO 2) ELIMINADO A este registro le será aplicable lo dispuesto en el inciso tercero del artículo precedente.