Texto oficial
Artículo 7° Los empleados y obreros que presten sus
servicios al referido organismo estarán sometidos a las
disposiciones del Código del Trabajo y demás leyes que
rigen a los empleados y obreros, con excepción del personal
que provino del ex Instituto de Economía Agrícola, el que
conserva todos los derechos y beneficios que la ley confiere
a los empleados semifiscales.