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Artículo 17 del Decreto 921

Refunde y reglamenta diversas disposiciones relativas al decreto supremo n° 931, de 25 de octubre de 1946, sobre indemnizacion por años de servicios a obreros molineros, panificadores y fideeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16214 / 8031743.

Texto oficial

Artículo 17°. Mensualmente el Departamento girará a cada industrial una orden de ingreso por la suma de dinero que le corresponda ingresar, de acuerdo con las disposiciones vigentes. En ningún caso se dejará de girar estas órdenes, las que deberán hacerse por duplicado.