Saltar al contenido

Artículo 56 del Decreto 921

Refunde y reglamenta diversas disposiciones relativas al decreto supremo n° 931, de 25 de octubre de 1946, sobre indemnizacion por años de servicios a obreros molineros, panificadores y fideeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16214 / 8031783.

Texto oficial

Artículo 56°. El Departamento podrá acordar la compra o adquisición de bienes raíces, la construcción de edificios o poblaciones de aquellas reglamentadas por la Ley de la Corporación de la Vivienda, con el fin de venderlas posteriormente a sus obreros imponentes. Los obreros que opten a esta clase de adquisiciones deberán cumplir con todas y cada una de las condiciones que se establecen en este decreto para otorgar préstamos.