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Artículo 16 del Decreto 930

Crea el instituto nacional de hidraulica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16266 / 5924606.

Texto oficial

Artículo 16°.- El Director Ejecutivo durará tres años en funciones y continuará automáticamente en su cargo por igual período si el Consejo no manifiesta su voluntad de poner término a su mandato con una anticipación de treinta días, sin perjuicio de lo dispuesto en la letra d) del artículo 10°.