Texto oficial
Artículo 18°.- Al determinarse las plantas y remuneraciones del personal del Instituto Nacional de Hidráulica, se contemplarán los cargos necesarios para el correcto funcionamiento del Instituto.
Crea el instituto nacional de hidraulica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16266 / 5924608.