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Artículo 20 del Decreto 930

Crea el instituto nacional de hidraulica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16266 / 5924611.

Texto oficial

Artículo 20°.- En los términos expresados en el artículo anterior, el personal del Instituto se regirá por el Código del Trabajo y leyes complementarias.