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Artículo 3 del Decreto 938

Aprueba reglamento de los articulos 2° y 4° de la ley n° 19.287, que establece normas sobre fondos solidarios de credito universitario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16298 / 8031803.

Texto oficial

Artículo 3°: El Sistema Unico de Acreditación Socioeconómica tendrá por objeto determinar si un alumno, atendida su condición socioeconómica, necesita de crédito universitario para el financiamiento de sus estudios. Dicho sistema estará conformado por el formulario de postulación, los antecedentes que justifiquen las declaraciones contenidas en el formulario y por las variables y parámetros a que se refieren los artículos siguientes.