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Artículo 3 del Decreto 191

Otorga asignacion decreto ley nº 2.411, de 1978, a servicios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 165129 / 9002752.

Texto oficial

Artículo 3º.- A aquellos funcionarios que sirvan un empleo cuya denominación corresponda a Procesamiento de Datos y estén ubicados entre los grados 10º al 25º de la Escala Unica de Sueldos, ambos inclusive, se les otorga la asignación establecida, para el grado de que se trate, en la segunda tabla de valores contemplada en el artículo 1º, inciso 2º, del D.L. Nº 2.411, de 1978.