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Artículo 4 del Decreto 191

Otorga asignacion decreto ley nº 2.411, de 1978, a servicios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 165129 / 9002753.

Texto oficial

Artículo 4º.- A aquellos personales que sirvan empleos ubicados entre los grados 5º al 18º, ambos inclusive, que tengan denominación de Jefaturas y que no perciban la asignación profesional contemplada en el artículo 3º del D.L. número 479, de 1974, se les otorga una asignación especial no imponible, equivalente al 20% de los respectivos sueldos bases del grado correspondiente. Igual asignación percibirán los siguientes cargos del Servicio de Gendarmería de Chile: Coronel Jefe del Departamento de Vigilancia y Tratamiento Penitenciario; Tenientes Coroneles, Mayores y Capitanes.