Texto oficial
Artículo 5º.- Corresponderá a la Subdirección
Técnica:
a) El estudio y análisis de las estadísticas e índice
elaborados, tanto por el Instituto, como por los demás
productores nacionales de estadísticas;
b) El estudio de las modificaciones técnicas necesarias a
la modernización de las estadísticas que elabore el
Instituto;
c) Proponer al Director Nacional la elaboración de nuevos
índices y estadísticas, y el levantamiento de los censos y
encuestas por muestreo, según su necesidad y mejor
oportunidad;
d) Elaborar el Plan Nacional de Recopilación Estadística
en los plazos que estipule el Director;
e) El análisis y aplicación, cuando estime conveniente, de
las normas recomendadas por los organismos internacionales,
como asimismo la preparación de los informes solicitados o
consultas formuladas por dichos organismos;
f) Estudiar la coordinación de las labores de colección,
clasificación y publicación de estadísticas, que realicen
los organismos fiscales, semifiscales y empresas del Estado,
e informar al Comité Consultivo Técnico para los efectos
de que éste proponga a la Comisión Nacional, por
intermedio del Director, los principios, normas y directivas
que deban aplicarse;
g) Visar los datos estadísticos que recopilen los
organismos antes señalados, a fin de que el Instituto les
otorgue el carácter de oficial;
h) Absolver las consultas de índole estadística que se
formulen al Instituto;
i) Realizar las funciones señaladas en las letras g, h, j,
y k, del artículo 2º, del DFL. 313, de 1960;
j) Orientar y dirigir el funcionamiento de todas las
unidades de trabajo a través de las cuales deban cumplirse
las funciones expresadas anteriormente, las que estarán
bajo su dependencia, sin perjuicio de la tuición
administrativa que sobre ellas ejerce la Subdirección
Administrativa;
k) Realizar la evaluación y normalización de los
procedimientos en todos los trabajos que realice el
Instituto, en materias técnicas de su competencia;
l) Firmar "por orden del Director", las materias que le
indique el Director Nacional y cumplir todas las demás
funciones que éste le encomiende.