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Artículo 18 del Decreto 1062

Aprueba reglamento del instituto nacional de estadisticas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16705 / 8266472.

Texto oficial

Artículo 18º.- El Secretario Abogado de la Comisión actuará como ministro de fe de las actuaciones de ésta y velará por el fiel cumplimiento de sus pronunciamientos y resoluciones. Asimismo, deberá proporcionar a la comisión todos los antecedentes necesarios al desenvolvimiento de sus funciones, y realizará, además, las funciones y cometidos que ésta le encomiende.