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Artículo 30 del Decreto 1062

Aprueba reglamento del instituto nacional de estadisticas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 16705 · idParte: 8266487

Texto oficial

Artículo 30º.- En cuanto fueren procedentes, las permutas se regirán por las normas establecidas en el Estatuto Administrativo.