Saltar al contenido

Artículo 49 del Decreto 1062

Aprueba reglamento del instituto nacional de estadisticas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16705 / 8266511.

Texto oficial

Artículo 49º.- La asignación de zona de gastos de movilización, de máquinas y de pérdida de caja y sistema de monto de los viáticos de los empleados del Instituto, serán fijados, anualmente, por el mismo decreto supremo que ponga en vigencia el sistema de remuneraciones del Servicio. Asimismo, fijará el monto de la asignación familiar, el que, en todo caso, no podrá ser inferior al que corresponda a la Administración Civil Fiscal.