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Artículo 69 del Decreto 1062

Aprueba reglamento del instituto nacional de estadisticas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 16705 · idParte: 8266535

Texto oficial

Artículo 69º.- Si alguno de los miembros de la Junta se considerase implicado para emitir un juicio imparcial en un caso determinado, por razones que deberá explicar, se abstendrá de participar en la votación correspondiente si el miembro implicado fuere el representante de los empleados, lo reemplazará el representante suplente que haya sido designado conjuntamente con el titular. Si la implicancia afectara a alguno de los integrantes que lo sean por su jerarquía, lo reemplazará el funcionario a quien corresponda subrogarlo. Si el empleado sometido a calificación estima que afecta a alguno de los miembros de la Junta una causal de implicancia que le impida juzgarlo imparcialmente, podrá hacerla presente a ésta antes de ser calificado. La Junta resolverá sobre el particular con exclusión del miembro presuntamente implicado e integrada por quien deba reemplazarlo. Este derecho podrá ser ejercitado por una sola vez.