Texto oficial
Artículo 8° Al Servicio Médico Nacional de Empleados
corresponde el servicio de Medicina Preventiva de las Cajas
y organismos auxiliares enumerados en el decreto con fuerza
de ley 232, de 23 de julio de 1953.
Al Servicio Nacional de Salud corresponde el
cumplimiento de la ley 6.174, con respecto a los afiliados
del Servicio de Seguro Social, de acuerdo con la ley 10.383.