Texto oficial
Artículo 28° Las Comisiones de Medicina Preventiva
podrán ser mixtas, en la misma forma señalada para los
Equipos Médicos por el artículo 14°.
Aprueba el reglamento orgánico para la aplicacion de la ley n° 6,174, de 31 de enero de 1938
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16761 / 7154629.