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Artículo 67 del Decreto 1082

Aprueba el reglamento orgánico para la aplicacion de la ley n° 6,174, de 31 de enero de 1938

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 16761 · idParte: 7154673

Texto oficial

Artículo 67° Formulados los reclamos señalados en el artículo anterior, quedará suspendida la resolución médica hasta que la Comisión Central resuelva al respecto.