Texto oficial
Artículo 66: Los límites permisibles ponderados y
temporales para las concentraciones ambientales de las
sustancias que se indican, serán los siguientes:
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Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales basicas en los lugares de trabajo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 167766 / 8643155.