Texto oficial
Artículo 68: Las sustancias calificadas como ''A.1''
son comprobadamente cancerígenas para el ser humano y
aquellas calificadas como ''A.2'' son sospechosas de ser
cancerígenas para éstos, por lo cual en ambos casos se
deberán extremar las medidas de protección y de higiene
personal frente a ellas.
Respecto de aquellas calificadas como ''A.3'', no se ha
demostrado que sean cancerígenas para seres humanos pero
sí lo son para animales de laboratorio y las designadas
como ''A.4'' se encuentran en estudio pero no se dispone
aún de información válida que permita clasificarlas como
cancerígenas para el ser humano o para animales de
laboratorio, por lo que la exposición de los trabajadores a
ambos tipos de ellas deberá ser mantenida en el nivel lo
más bajo posible.