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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 152

Crea el servicio de minas del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 168460 / 9002784.

Texto oficial

Artículo 17.o El Servicio ejercerá todas las funciones y facultades que el Código de Minería y demás leyes y reglamentos vigentes confieren al Servicio de Minas del Estado.