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Artículo 42 de la Ley 3.385

Ley 3.385

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 169255 / 8919836.

Texto oficial

TITULO IV De la Administracion Sanitaria Municipal Art. 42. Habrá un servicio de hijiene a cargo de cada Municipalidad en la forma prescrita por la lei.