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Artículo 49 de la Ley 3.385

Ley 3.385

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 169255 / 8919843.

Texto oficial

Art. 49. Para poder ser jefe de la Oficina de Hijiene se requiere el título de médico cirujano. El jefe de la Oficina será nombrado por la Municipalidad. El nombramiento de los demas empleados se hará por el alcalde, a propuesta del jefe de la Oficina.