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Artículo 98 de la Ley 3.385

Ley 3.385

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 169255 · idParte: 8919892

Texto oficial

Art. 98. Determinará el reglamento las condiciones hijiénicas a que haya de sujetarse el trabajo, y especialmente el de las mujeres o menores de dieciocho años, en los establecimientos industriales.