Texto oficial
Artículo 14º.- Cuando en los dormitorios no se
consulte sala de baño independiente completa (W.C.,
lavatorio, ducha o tina), éstos deberán disponer, en todo
caso, de un lavatorio con agua corriente y desagüe.
Aprueba el reglamento de hoteles y establecimientos similares
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 169631 / 6278432.