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Artículo 3 del Decreto Ley 2949

Otorga, por gracia, pension y beneficios pecuniarios a las personas que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 170295 / 8362409.

Texto oficial

Artículo 3º.- El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.