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Artículo 4 del Decreto 1157

Fija texto definitivo ley general de ferrocarriles

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 17067 · idParte: 7155185

Texto oficial

Art. 4.o Deberá acompañarse a toda solicitud de concesión: a) Un plano general del trazado; b) Una memoria justificada de la solicitud de concesión. En esta memoria se comprenderá un estudio general de la zona de atracción probable, una estimación del tráfico previsto con la indicación de los puntos de origen y destino de las diversas mercaderías por transportar y una avaluación de las entradas y gastos de explotación; c) Una boleta de garantía por el valor que resulte, a razón de 5 unidades tributarias mensuales por kilómetro, con mínimo de 50 unidades tributarias mensuales.