Texto oficial
Art. 103. Los dictámenes que los jueces resuelvan
solicitar del Departamento, harán fe en los juicios que se
sigan contra las empresas de ferrocarriles, salvo prueba en
contrario.
Fija texto definitivo ley general de ferrocarriles
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17067 / 7155292.